REPUVE

Enrolamiento

ENROLAMIENTO PARA SUJETOS OBLIGADOS REPUVE

Los Sujetos Obligados son una fuente crucial de información para la base de datos del Registro Público Vehicular – REPUVE.

Para actualizar la base de datos del REPUVE los Sujetos Obligados deben realizar diversos trámites, que pueden clasificarse en dos tipos de movimientos: inscripciones y avisos.

La inscripción tiene lugar cuando el vehículo concluye el proceso de creación o cuando ingresa por primera vez en territorio nacional; los avisos corresponden a los actos que modifican la situación de los vehículos ya inscritos.

Las personas físicas o morales con obligación de inscribirse en el Padrón de Sujetos Obligados se describen en el cuadro siguiente:

NOMBRE

CARACTERISTICAS

Carroceros

Dedicadas al ensamble o modificación del conjunto de piezas que configuran un vehículo

Comercializadoras

Dedicadas a la compra, venta o importación de vehículos nuevos o usados

Distribuidoras

Dedicadas a la venta de primera mano de vehículos que provengan de ensambladoras, o bien que importen vehículos nuevos para su venta en territorio nacional

Ensambladoras

Dedicadas a la fabricación, ensamblaje o importación para comercializar vehículos nuevos

Importadoras

Dedicadas a la importación de vehículos

Aseguradoras

Instituciones de seguros Afianzadoras Instituciones de crédito, organizaciones auxiliares de crédito, entidades financieras

Arrendadoras

 

Financieras Arrendadoras e instituciones de crédito

SIVREV es una plataforma tecnológica que le permite gestionar de la manera más eficiente, sus inscripciones y/o avisos al REPUVE. El tipo de operación depende de la actividad económica que desempeñe cada Sujeto Obligado.

Los fabricantes, ensambladoras, carroceros o importadores deben realizar las anotaciones de inscripción de vehículo nuevo, refacturación por otra distribuidora, venta directa, auto utilitario o de prueba, vehículo siniestrados o robados.

La inscripción por primera vez de un vehículo genera una constancia, representada por una calcomanía con un dispositivo de radiofrecuencia (RFID) previamente programado. Adicionalmente, y por tratarse de sujetos cuyos procesos productivos generan automóviles nuevos, también tienen la obligación de entregar un catálogo de sus distribuidoras.

Con SIVREV usted cuenta con una herramienta tecnológica que le permite la adecuada gestión de las constancias de inscripción a REPUVE, con las mejores prestaciones del mercado:

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Las distribuidoras y comercializadoras están obligadas a dar aviso de los siguientes actos: venta, complemento de datos, actualización de información, intercambio, traslado, cancelación de venta y devolución al fabricante. Por su parte, las ensambladoras deberán notificar cuando realicen un blindaje, ensamble o modificación. Las compañías de seguros también están obligadas a informar al REPUVE de los actos que modifiquen la situación legal de los vehículos: expedición y cancelación de póliza, robo, recuperación, pérdida total, actualización y destrucción de datos, entre otros. Por su parte, las entidades financieras que otorgan créditos garantizados con vehículos tienen la obligación de inscribir los movimientos de constitución y cancelación de gravamen. De igual forma, las arrendadoras financieras están obligadas a dar aviso del inicio y la conclusión de un arrendamiento.

Asimismo, cualquier Sujeto Obligado debe dar aviso cuando el vehículo sea destruido. Todos estos procesos tienen como finalidad integrar información veraz, suficiente, oportuna y precisa al REPUVE, para que éste a su vez pueda otorgar seguridad y certeza jurídica a los usuarios que lo consultan.

Para realizar las inscripciones y avisos que registrarse en el REPUVE existen diversos procesos de especificación, cada uno con su respectivo anexo. ALTEST le brinda asesoría especializada en la implementación de los procedimientos de inscripción y avisos a REPUVE, ya que somos la única empresa en el país que puede brindarle un portafolio integral con todas las soluciones para la gestión del REPUVE.


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